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Después de 20 años, ayer martes 3 de diciembre 2019, se aprobó en el Senado chileno el Protocolo Facultativo para la eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (1999), lo que de la mano activa la Convención CEDAW de 1979 de las Naciones Unidas, que había sido ratificada por Chile en 1989 y que es reconocida como la carta de navegación de los derechos de las mujeres.
Este es un hecho histórico por la lucha de los derechos humanos de las mujeres y todas las formas de discriminación, pues rompe con la limitación a la que han sido tratadas históricamente en su posición de participación y en el reconocimiento de su plena igualdad, como seres capaces y sujetas de derecho.
Hay que reconocer que este es un instrumento internacional de derechos humanos, específico en situaciones de discriminación contra las mujeres, y es aplicable en cualquier caso de violaciones graves y sistemáticas de derechos que estén enunciadas la Convención. También permite que una persona o grupos de personas denuncien ante el Comité e incluso sean visitadas en terreno, para que se evalúe la situación y se den las recomendaciones correspondientes, que según la situación serán: restituir, indemnizar y rehabilitar a la víctima.
En este sentido, es relevante e importante contar con el Protocolo en el Chile para afrontar el accionar del actual estallido social, pues se presentan situaciones como la denunciada por Human Rights Watch el pasado 26 de noviembre:
Los carabineros parecen ser más propensos a obligar a desnudarse a mujeres y niñas que a hombres, según estadísticas del INDH y entrevistas realizadas por Human Rights Watch. Una abogada chilena de derechos humanos nos contó de un caso en donde, a pesar de que hombres y mujeres habían sido detenidos en las mismas circunstancias, carabineros obligaron a desvestirse únicamente a las mujeres. También mencionó otros casos en que carabineros tocaron los genitales de las mujeres tras obligarlas a quitarse la ropa.
También tendrá incidencia para que se movilice la actual legislación nacional, puesto que esta ubica la acción de la violencia contra la mujer en el ámbito privado y la idea es moverla al ámbito público, lo que requiere que se apruebe el Proyecto Ley sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, entrampado en el Senado. Este convenio, además, permite observar la capacidad de decisión de las mujeres, observando la ley que despenaliza el aborto en tres causales y la que busca medidas para combatir la discriminación interseccional que se produce contra “mujeres con discapacidad, indígenas, afrodescendientes, migrantes y mujeres lesbianas, bisexuales, bisexuales, transgénero e intersex (LBTI)”, como parte de las Observaciones finales entregadas por el Comité CEDAW tras examinar al Estado de Chile (2018).
Pero sin lugar a dudas, será una herramienta para promover y proteger los derechos de las mujeres, en igualdad y dignidad sin discriminación.
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