El nuevo documento es presumiblemente tan ventajoso que a aquellos/as que tienen solicitudes de refugio en curso se les pide que abandonen sus procesos en favor de la protección temporal. Pero ¿por qué a algunas personas les da tanto miedo tomar esa decisión?
En Colombia, a los solicitantes de asilo (titulares de un salvoconducto) no se les permite trabajar, aunque tengan residencia regular en el país, y en la práctica a algunas niñas, niños y adolescentes también se les niega el acceso a la educación básica, como se muestra en el testimonio a continuación. Como en tantos otros países, los procedimientos de solicitud de asilo son largos y las decisiones pueden tardar de dos a tres años, aunque nadie sepa con certeza la duración del proceso.
Una vez establecido el ETPV, quienes habían solicitado refugio recibían una oferta por tiempo limitado: por un lado, residencia temporal inmediata, con acceso a trabajo formal. Por otro lado, una solicitud de asilo con resultados inciertos, sin acceso al empleo formal mientras tanto, pero que traía consigo la posibilidad de obtener una protección verdaderamente estable. En otras palabras, el Estado colombiano les pide a las personas que elijan entre su supervivencia inmediata o la protección definitiva; y la decisión no puede no tardar mucho:
Sí, me dan un salvoconducto y me permiten estar legal dentro de Colombia, pero no puedo trabajar [...] no puedo meter a mi hija en la escuela con el salvoconducto, porque no lo aceptan [...], así que en este momento el problema es que tengo que decidir– o sigo con el proceso para el PPT y descarto el refugio, o sigo con el refugio y descarto el PPT. ¿Dónde está mi miedo? El refugio me asegura a mí que a hora que sea yo puedo irme a ACNUR y me pueden recibir o enviarme a otro sitio que me garantice seguridad. El PPT, no [...] Incluso si gana Rodolfo [candidato de derecha], sigo con la incertidumbre de qué es mejor. Si el PPT o el refugio, porque el PPT no tiene la estabilidad que tiene el refugio. (Eduardo, migrante venezolano, Cúcuta)
Los mecanismos de protección temporal no son una invención latinoamericana. Han existido durante al menos veinte años y actualmente se adoptan en diferentes regiones del mundo, desde Turquía hasta los Estados Unidos. Creados como respuesta a contextos de desplazamiento masivo, donde los procedimientos de determinación de la condición de refugiado se consideran inviables, los mecanismos de protección temporal funcionan bajo el supuesto de que algunas crisis tienen duración limitada y que, por lo tanto, la concesión de asilo sería innecesaria.
Sin embargo, varios estudios han demostrado cómo estos nuevos permisos y visas en realidad están reemplazando el asilo, creando una nueva clase de refugiados precarios, condenados a vivir en el limbo por períodos indeterminados. En América Latina, estos mecanismos son extremadamente intestables, siendo regulados en gran medida por instrumentos ad hoc como decretos presidenciales, resoluciones normativas y, a veces, incluso actualizaciones de sitios web, lo que los hace particularmente propensos a cambios abruptos.
Este fenómeno forma parte de una tendencia contemporánea más amplia, en la que la gobernanza de la movilidad se encuentra cada vez más basada en políticas fragmentadas y contradictorias, procesos de superposición de directrices y combinación de normas formales y informales.
Comentarios
Animamos a todo el mundo a que haga comentarios, Por favor, consulte las intrucciones de openDemocracy para comentarios