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El tratado internacional sobre derechos económicos y sociales tiene impactos positivos

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Cuando los países ratifican el tratado internacional sobre derechos económicos y sociales, suceden cosas buenas, incluso para las naciones más pobres del mundo. Una contribución al debate de openGlobalRights sobre los derechos económicos y sociales. English

Wade M. Cole
14 mayo 2015

Autores anteriores de openGlobalRights han señalado que hace falta más investigación empírica, y menos argumentos ideológicos, sobre el impacto de los derechos económicos y sociales. Sin embargo, la literatura científica ha ignorado estos derechos en gran medida, lo que ha ocasionado que Shareen Hertel se lamente de que los derechos económicos y sociales “han permanecido como la hermanastra pobre del activismo, los estudios académicos y la investigación de otros tipos de derechos humanos”.

Más específicamente, pocos académicos han estudiado los efectos empíricos del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), el eje principal del régimen internacional de derechos económicos y sociales.

En parte, esta renuencia tiene bases históricas: durante la Guerra Fría, la Unión Soviética y sus satélites enfatizaban los derechos económicos y sociales, mientras que Estados Unidos y sus aliados defendían los derechos civiles y políticos. También obedece parcialmente a consideraciones de costos. Muchos creen que solamente los países más ricos del Norte global, y no las naciones más pobres del Sur global, cuentan con los recursos necesarios para hacer efectivos los derechos económicos y sociales.

En un artículo reciente publicado en la revista American Sociological Review, investigué si este argumento sobre los recursos en el Norte y el Sur era sólido. Mi objetivo fue analizar el efecto de la membresía de un país en el PIDESC sobre su grado de desigualdad de ingresos a nivel nacional. Observé 24 países desarrollados y 83 en vías de desarrollo, de 1981 a 2005, y me enfoqué en la desigualdad de ingresos que seguía existiendo después de tomar en consideración las transferencias y los impuestos del gobierno.

Una menor desigualdad también está relacionada con otros beneficios de derechos humanos, incluida una menor cantidad de violaciones de los derechos de integridad física. Decidí concentrarme en la desigualdad por tres razones. En primer lugar, independientemente de la riqueza total de un país, los recursos pueden distribuirse más o menos equitativamente. Los intentos del gobierno para reducir la desigualdad, en mi opinión, demuestran un esfuerzo por cumplir con el PIDESC. En segundo lugar, cuando los gobiernos utilizan los impuestos y las transferencias para reducir la desigualdad, contribuyen de cierta manera a satisfacer el objetivo implícito de igualación de recursos del PIDESC. Y finalmente, una menor desigualdad también está relacionada con otros beneficios de derechos humanos, incluida una menor cantidad de violaciones de los derechos de integridad física.

Mis resultados estadísticos fueron claros: ser miembro del PIDESC reduce la desigualdad de ingresos con el paso del tiempo. Tanto en las sociedades desarrolladas como en vías de desarrollo, entre más tiempo pertenece un país al pacto, menor es su nivel de desigualdad, controlando para una amplia gama de factores demográficos, políticos y económicos.

Sin duda, el efecto de la membresía en el PIDESC fue más fuerte en los países desarrollados; después de 25 años como miembros del tratado, la desigualdad de ingresos en los países con ingresos altos disminuyó en un promedio de 29 %, controlando para otros factores. En los países de menos ingresos, en cambio, la desigualdad disminuyó solamente en un 10 %. De todas maneras, este último efecto es considerable y estadísticamente significativo.

Esto significa, entonces, que si bien la riqueza de un país condiciona la magnitud del efecto de reducción de desigualdad del PIDESC, no explica la presencia del efecto. En otras palabras, incluso los países pobres se pueden beneficiar de unirse a este crucial tratado.

Curiosamente, no encontré evidencia que sugiriera que el apoyo político a favor o en contra de los derechos económicos y sociales fomentara o desviara el cumplimiento del PIDESC. La presencia de gobiernos “izquierdistas” o la magnitud de los gastos en bienestar social de un país no ampliaban significativamente el efecto de la membresía en el tratado.

Estos resultados apoyan los argumentos presentados por otros autores de openGlobalRights: hay que evitar los debates ideológicos y concentrarnos en los impactos empíricos.

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Demotix/Giuseppe Bizzarri (All rights reserved)

Does ICESCR ratification bring countries closer to acknowledging that, "Regardless of a country’s overall wealth, resources can be distributed more or less equitably"?


La historia justifica esta lectura no ideológica del régimen internacional de derechos humanos. Después de todo, los derechos humanos no surgieron solamente como reacción ante las atrocidades de la Segunda Guerra Mundial y el Holocausto, sino también ante las calamidades de la Gran Depresión. Además, las normas internacionales de derechos económicos y sociales se desarrollaron junto con el surgimiento y la expansión del estado de bienestar occidental de la posguerra, que buscaba proteger a los individuos de los perniciosos efectos de las fuerzas del mercado mundial.

Los datos muestran que, según lo previsto, el PIDESC ha ayudado a resguardar a los ciudadanos de los intereses neoliberales que dominaron la política mundial durante el periodo que cubre mi análisis.

Irónicamente, es posible que la caída del comunismo haya estimulado más al PIDESC. Aunque a menudo se percibía al bloque comunista como el principal defensor de los derechos económicos y sociales, el colapso de la Unión Soviética en realidad creó oportunidades para volver a articular esos derechos.

Por ejemplo, la Conferencia Mundial de Derechos Humanos de 1993 hizo la famosa afirmación de que “todos los derechos humanos son universales, indivisibles e interdependientes y están relacionados entre sí”, lo que sugería que los derechos civiles y políticos ya no ocuparían el lugar preferente en el régimen internacional de derechos humanos.

Después, de 1997 a 2002, la Alta Comisionada para los Derechos Humanos de la ONU, Mary Robinson, colocó el avance de los derechos económicos y sociales como la pieza central de su programa. Las ONG pronto siguieron con sus propios cambios. En 2001, Amnistía Internacional amplió su misión para incluir los derechos económicos y sociales, a pesar de su inicial preocupación con los derechos de integridad personal.

Estas tendencias sugieren que el cumplimiento de los tratados de derechos humanos, incluidos los acuerdos alguna vez considerados demasiado conflictivos o difíciles de implementar, depende tanto de los procesos y las dinámicas globales como de las condiciones y factores nacionales.

Hace falta realizar mucho trabajo en esta área. Aunque mi estudio sugiere que el PIDESC ayuda a reducir la desigualdad de ingresos, aún no sabemos si, o en qué condiciones, los derechos económicos y sociales promueven el bienestar en términos de otros indicadores, como por ejemplo la mortalidad, la seguridad alimentaria, y el acceso a la vivienda, la atención médica y la educación.

Estas son preguntas empíricas. Encontrar respuestas sólidas y respaldadas por pruebas nos ayudará a avanzar el debate actual sobre los derechos económicos y sociales.

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