
La gente de Sarayaku se reúne para defender sus tierras de la exploración petrolera ecuatoriana. Foto Flickr/Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CC BY 2.0-Some Rights Reserved)
Si nos remontamos a la creación de un “régimen climático” internacional en 1992, resulta evidente que la preocupación por el cambio climático no es nada nueva. Sin embargo, lo que sí es relativamente novedoso, es que la atención al vínculo entre los derechos humanos y el cambio climático es cada vez mayor.
Esta combinación ha concienciado a académicos e inspirado una cantidad considerable de investigaciones. También ha involucrado a profesionales en campo, quienes están trasladando el debate a los tribunales nacionales y comenzando a desarrollar una interesante jurisprudencia. Además, los órganos de derechos humanos de la ONU están emitiendo nuevas resoluciones e informes sobre la importancia de la interdependencia de ambas cuestiones. Por último, el Acuerdo de París subraya que la lucha contra el cambio climático debe implicar la protección de los derechos humanos.
La carga de la destrucción en el contexto de las repercusiones relacionadas con el clima recae asimétricamente sobre los grupos marginados.
En América Latina, al igual que en el resto del mundo y en particular en el Sur Global, la carga de la destrucción en el contexto de las repercusiones relacionadas con el clima recae asimétricamente sobre los grupos marginados. Las graves sequías en Brasil, el rápido derretimiento de los glaciares en Perú y la aparición y propagación de nuevas enfermedades transmitidas por vectores demuestran que millones de personas y diferentes tipos de ecosistemas ya están siendo afectados inicuamente.
A pesar de la creciente tendencia internacional al vínculo entre el cambio climático y los derechos humanos, los mecanismos regionales de derechos humanos han tardado más tiempo en abordar esta cuestión. Por desgracia, el Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH) no es la excepción.
La mayoría de los defensores de derechos humanos en América Latina, sin embargo, saben que es imperativo trabajar de la mano con el SIDH. No solo porque esto representa una oportunidad para acceder a la justicia, sino también porque las instituciones que integran el SIDH, la Comisión y la Corte, amplían progresivamente las fronteras del derecho internacional de los derechos humanos.

ndígenas brasileños de la cuenca del Amazonas se manifiestan en contra de la construcción planificada de la represa hidroeléctrica de Belo Monte, en Brasilia el 8 de febrero de 2011. Imagen: Flickr / International Rivers / (CC BY-NC-SA 2.0). Algunos derechos reservados.
Cada nuevo caso admitido demuestra, por un lado, la necesidad de una interpretación dinámica de la ley concomitante a las nuevas cuestiones sociales y por el otro, la relevancia histórica del SIDH para hacerse eco de las voces de las víctimas y plasmarlas en las leyes.
Por ejemplo, la sociedad civil y los defensores de derechos humanos, tanto a nivel nacional como regional, utilizan estratégicamente algunos de los mecanismos que ofrece la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) establecidos en su Estatuto y su Reglamento, como la celebración de audiencias temáticas para difundir información actualizada sobre la evolución de diferentes temas.
Los defensores de derechos humanos en América más expuestos al riesgo son los campesinos, los líderes indígenas o comunitarios, y los activistas ambientales o de derechos sobre la tierra.
Este mecanismo es muy útil para plantear cuestiones diversas pero interconectadas, como la interrelación entre los derechos humanos y el medio ambiente, un fenómeno que ya se ha tratado en el contexto de las industrias extractivas que atentan contra los derechos de los pueblos indígenas. Durante las mencionadas audiencias temáticas, siempre es muy gratificante notar la preocupación y la receptividad de la Comisión ante la mayoría de estos casos entrelazados, lo que demuestra su voluntad de impulsar la agenda de derechos humanos en la región.
Por ejemplo, la CIDH celebró una audiencia en 2014 sobre la situación de los defensores de derechos humanos en América, donde se señaló que los defensores que se encuentran mayormente expuestos al riesgo son, entre otros, los campesinos, los líderes indígenas o comunitarios, y los activistas ambientales o de derechos sobre la tierra.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos también ha validado en repetidas ocasiones su voluntad de integrar diferentes dimensiones de los derechos humanos. Entre ellas, el medio ambiente, la tierra, la cultura y la propiedad, como lo demuestra su notable jurisprudencia con carácter ambiental.
Un ejemplo de ello son las acciones de la Corte en 2010 en el caso Sarayaku contra Ecuador, un caso en el que el pueblo indígena de Sarayaku presentó una denuncia contra el gobierno ecuatoriano por permitir que una empresa petrolera llevara a cabo actividades de exploración petrolera sin consulta previa.
La Corte estableció, como principio general de derecho internacional, la obligación de los Estados de garantizar un proceso de consulta pleno y efectivo antes de que los derechos de los pueblos indígenas y su entorno se vean afectados por un proyecto o programa. Esta decisión, basada en jurisprudencia con contextos fácticos análogos, fue un punto de inflexión para la gobernanza ambiental.
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Artículo publicado previamente en openGlobalRights. Puede consultar el original aquí
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