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Venezuela, condenada por violencia policial contra jóvenes en situación de pobreza

Corte Interamericana condena al Estado venezolano por la ejecución extrajudicial de Jimmy Guerrero y Ramón Molina

Silvie Ojeda
26 julio 2021, 12.01am
Jean Carlos, hermano de Jimmy Guerrero, durante la audiencia de CIDH en 2016
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CEJIL/Todos los derechos reservados

La semana pasada, la Corte IDH notificó su decisión de 3 de junio de 2021 donde declaró responsable al Estado venezolano por las torturas, detenciones arbitrarias y asesinato a manos de la policía de Jimmy Guerrero y Ramón Molina, destacando que los actos estuvieron motivados por “preconceptos de los funcionarios policiales, consistentes en la atribución de una supuesta peligrosidad a un hombre joven en situación de pobreza”. O sea que su muerte, injustificada, fue resultado del estigma que un joven pobre es un peligroso delincuente, pues sobre ellos no existió ninguna orden de captura y fue demostrado que Guerrero no cometió ningún delito.

A su vez, la Corte IDH estableció que, luego del asesinato, los funcionarios policiales demostraron un grave ensañamiento contra el cuerpo de Guerrero, lo que se comprende como una manifestación de la violencia policial contra hombres jóvenes en situación de pobreza, así como la convicción de los agresores de que ello quedaría en la impunidad.

Guerrero y Molina fueron asesinados el 30 de marzo de 2003, y al día de hoy no existe ningún proceso abierto ni persona condenada por lo que les ocurrió. Previo a ser ejecutado, Guerrero había denunciado, en al menos seis ocasiones ante las autoridades los hostigamientos y amenazas por parte de las Fuerzas Armadas policiales del estado Falcón y miembros del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC).

Cómo la Corte lo declaró, estos hechos ocurrieron en el marco de un contexto de asesinatos en manos de las fuerzas policiales en Venezuela, donde las autoridades presentaban lo acontecido cómo un enfrentamiento entre bandas delictivas, entorpecían las investigaciones lo que llevaba a la impunidad.

La Corte establece muy claramente en la sentencia que hay una conexión directa entre la pobreza y juventud para ser motivos de preconceptos entre las fuerzas policiales

Si bien se trata de la quinta oportunidad en que el Tribunal regional analiza la problemática de las ejecuciones extrajudiciales en el país, fue la primera vez que profundizó su análisis con quienes son las principales víctimas de esta grave violación a los derechos humanos perpetradas por el Estado directamente y cómo los hechos se basan en preconceptos de los cuerpos de seguridad vinculados a la pobreza y a la edad, que hacen a la “condición social”.

Liliana Ortega, cofundadora de COFAVIC y quien acompaña a las víctimas del caso desde hace 18 años, señaló: "la sentencia marca un precedente que da luces no sólo sobre el pasado de Venezuela, sino sobre lo que viene sucediendo en el país recientemente. La Corte establece muy claramente en la sentencia que hay una conexión directa entre la pobreza y juventud para ser motivos de preconceptos entre las fuerzas policiales del país en el desarrollo de sus operativos de seguridad ciudadana”.

Por otro lado, el Tribunal regional consideró que las autoridades obstaculizaron la búsqueda de justicia de sus familiares por medio de amenazas y declaraciones falsas sobre el perfil de las víctimas. Para Jean Carlos Guerrero, hermano de Jimmy, quien decidió estudiar derecho por lo ocurrido a su hermano, la sentencia "representa la verdad de los hechos, la verdad de mi familia que no había sido escuchada en el sistema judicial interno venezolano.

El apoyo de CEJIL y COFAVIC ha sido fundamental para conseguir este objetivo que nos planteamos como familia hace 19 años, sin ellos hubiese sido imposible. Esta sentencia va a tener un impacto muy positivo en los años por venir en Venezuela y augura posibles ajustes en la legislación para dar respuesta a otros casos que se encuentran silenciados en el país".

Esta sentencia limpia la memoria de las víctimas, da esperanzas a sus familiares de que habrá justicia, y les repara luego de tantos años de lucha

Todo esto llevó a que la Corte IDH ordene a Venezuela, entre otras cosas, investigar las muertes de Jimmy Guerrero y Ramón Molina, las posibles torturas y actos de hostigamiento, allanamiento, amenazas y detenciones ilegales y arbitrarias que denunció Jimmy antes de ser asesinado, por lo que el Estado debe asegurar que las autoridades judiciales cuenten con los recursos humanos y financieros y las garantías de seguridad necesarias; tome en cuenta el contexto; y garantice pleno acceso de los familiares al proceso.

Además, le requirió a Venezuela presentar “un informe oficial con los datos relativos a las muertes producidas por parte de fuerzas policiales en todos los Estados del país y la identificación de las personas fallecidas en dichas circunstancias, inclusive por medio de información relativas al nombre, edad, sexo o género, lugar de residencia y condición social”.

CEJIL y COFAVIC litigaron el caso durante más de una década y hoy celebran esta sentencia pues limpia la memoria de las víctimas, da esperanzas a sus familiares de que habrá justicia, cómo a las de tantas otras que perdieron a sus seres queridos en situaciones similares, y les repara luego de tantos años de lucha. Florencia Reggiardo, abogada de CEJIL, señaló que “esta decisión de la Corte refleja una práctica arraigada en las fuerzas de seguridad venezolanas, que ha sido reconocida, entre otras por las Naciones Unidas recientemente, y que esperamos sirva para que el Estado adopte medidas que eviten la repetición de los hechos”.

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