democraciaAbierta: Analysis

Una sentencia histórica frena la explotación petrolera en territorio indígena ecuatoriano

La Corte Constitucional de Ecuador confirmó un fallo histórico a favor de los derechos de los indígenas y su poder para decidir sobre sus territorios.

Juanita Rico
25 febrero 2022, 12.01am
Miembros de la comunidad indígena A´i Cofán en su territorio.
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REUTERS / Alamy Stock Photo

En febrero de 2022 tres sentencias pasaron desapercibidas. El máximo órgano legal de Ecuador emitió estas sentencias a favor de los derechos colectivos de los indígenas. Los fallos le ponen un freno a la explotación minera y petrolera no consentida en la Amazonía ecuatoriana y declaran inconstitucional la ley del agua, actualmente en vigencia, porque no garantiza el recurso como bien público y comunitario.

Una de las sentencias declara que el derecho a la consulta previa de la comunidad A ́ i Cofán fue violado por proyectos extractivos, sobre todo mineros, en su territorio y determina que, para futuros proyectos, las comunidades indígenas ecuatorianas podrán decidir si permanecen o no en sus tierras. El tribunal también afirmó que se deben llevar a cabo medidas de reparación.

El fallo es, sin duda, un golpe para el presidente Guilermo Lasso, quien había prometido duplicar la producción petrolera en Ecuador, en abierto enfrentamiento con los derechos y las reivindicaciones de los indígenas de la amazonía.

Un conflicto de años

Los A'i Cofán viven en la comunidad Sinangoe, en la provincia de Sucumbíos en la amazonía del Ecuador. Su territorio está compuesto casi en su totalidad por selva virgen y, debido a las amenazas de proyectos extractivos, diseñaron e implementaron técnicas de monitoreo y defensa territorial que incluyen la creación de su propia Ley de Control y Protección del Territorio Ancestral.

En Sucumbíos, el gobierno ecuatoriano ha otorgado 20 concesiones mineras a multinacionales y tiene en trámite 32 más.

En Sucumbíos, el gobierno ecuatoriano ha otorgado 20 concesiones mineras a multinacionales y tiene en trámite 32 más. Con el dictamen de la Corte, queda claro que serán los indígenas quienes decidan si esos 32 proyectos se llevarán a cabo o no.

En Ecuador más de un millón de personas viven en las provincias amazónicas y el 70 por ciento del territorio amazónico ecuatoriano es indígena.

Hace cuatro años, en 2018, el pueblo A ́ i Cofán se había movilizado contra la minería en su territorio cuando vieron aparecer, por primera vez, maquinaria minera a las orillas del río Aguarico.

En ese momento funcionarios del Ministerio del Ambiente (MAE) aseguraron que se trataba de un caso de minería ilegal, porque quienes estaban extrayendo minerales no tenían las licencias necesarias para iniciar una explotación en ese territorio.

El 27 de julio de 2018, sin embargo, todo cambió: el juez del Cantón Gonzalo-Pizarro falló a favor de Sinangoe y la Defensoría del Pueblo y en contra de los ministerios del Ambiente y de Minas, de las agencias de Regulación y Control Minero, y de la Secretaría del Agua. En el fallo se afirmaba que se había vulnerado el derecho a la consulta previa libre e informada y se disponía la suspensión inmediata de todas las concesiones mineras otorgadas o en trámite.

Parecía que los A'i Cofán habían ganado la batalla, pero no fue así. La sentencia fue apelada inmediatamente por las autoridades. La audiencia de apelación se celebró el 5 de septiembre de 2018 y en ella las autoridades mineras y ambientales afirmaron que la consulta previa no era necesaria, puesto que las actividades mientras no se realizaban dentro del territorio indígena.

El 22 de octubre de ese mismo año, la Corte Provincial revirtió las concesiones en operación y por entregar. Así, el fallo quedó en pie en el ámbito provincial. Pero la historia continúa: en una audiencia sin precedentes, en noviembre de 2021 los jueces de la Corte Constitucional hicieron público que hubo una violación de varios derechos de las comunidades indígenas, incluido su derecho constitucional a la consulta previa antes de que se dé luz verde a cualquier tipo de actividad extrativa en su territorio.

Las tres sentencias que se confirmaron en febrero de este año vienen a darle punto final al fallo de 2018 y a la audiencia de 2021

Las tres sentencias que se confirmaron en febrero de este año vienen a darle punto final al fallo de 2018 y a la audiencia de 2021, y ratifican que la Corte no permitirá que se violen los derechos de los pueblos indígenas. Esto significa una esperanza para muchas otras comunidades que luchan por sus derechos en la región.

Reconocer que la consulta previa es un derecho fundamental de los pueblos indígenas, constituido en el Convenio Número 169 de la Organización Internacional para el Trabajo (OIT), es fundamental para hacer frente a la presión de las industrias extractivas. En Ecuador hay un historial de abuso e invisibilización de las comunidades, y es habitual que las empresas violen o manipulen el derecho a la consulta previa para conseguir que el gobierno les conceda las licencias de explotación de proyectos extractivos.

Otra de las sentencias emitidas es en favor de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario y para la conservación de la reserva de la biósfera del parque Yasuní, reconocida por la UNESCO, y una de las zonas con mayor diversidad por metro cuadrado del planeta. En ella, la Corte declaró la inconstitucionalidad de algunos artículos de un decreto que se expidió en 2019 y que permitía la explotación petrolera en la zona de amortiguamiento de Yasuní. Esta sentencia también es crucial porque impide que siete plataformas, cuya construcción estaba prevista en los límites de Yasuní, puedan operar. El 7 de febrero el Ministerio de Energía y Recursos no Renovables publicó un comunicado en el que explicaba que esta sentencia en particular no afecta la operación petrolera ya que no hay concesiones cerca a la zona de amortiguación. Sin embargo, no mostró ninguna evidencia de ello.

Con estas tres sentencias, la Corte Constitucional de Ecuador sienta un importante precedente no solo para el país, sino para la región; una de las más afectadas por la deforestación y donde más se vulneran los derechos de los pueblos indígenas del mundo. Es,además, un recordatorio de que Ecuador es el único país latinoamericano donde se reconoce a la naturaleza como sujeto de derechos, como parte de los derechos constitucionales absolutos del país.

Una vez más, se demuestra que la lucha de los pueblos indígenas de la Amazonía por sus derechos es un factor esencial para frenar la deforestación, la contaminación de los ríos, y la degradación de la biodiversidad que amenaza al planeta.

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